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Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Katiuska L. Celados Peña contra la Sentencia núm. 1511-2024-SSEN00082, dictada por el Cuarto Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo Oeste el veintiuno (21) de mayo de dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Validez de la notificación: la sentencia impugnada debe ser notificada a persona o a domicilio de la parte recurrente (TC/0109/24; TC/0163/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (art. 277 Constitucional; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: supuestos de admisibilidad (art. 53.3 LOTCPC; TC/0123/18). Recurrente: pretende que el Tribunal Constitucional revise los hechos y la valoración de las pruebas. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: prohibición de examinar los hechos y pruebas de la causa (art 53.3.c LOTCPC; TC/1222/24; TC/0798/23; TC/0169/20; TC/0070/16; TC/0281/18). Prohibición de examinar los hechos y pruebas: causal de inadmisibilidad aplicable (art. 53.3.c LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Voto particular: Vargas Guerrero.