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Relativo a la demanda en solicitud de liquidación de astreinte interpuesta por la señora Coralia Grisel Martínez Mejía respecto de la Sentencia TC/0093/22, dictada por el Tribunal Constitucional el cinco (5) de abril de dos mil veintidós (2022), contra el Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA).
Solicitud de liquidación de astreinte. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9, 87, párrafo II, y 93 LOTCPC). Solicitud de liquidación de astreinte: se interpone ante el juez o tribunal que la impuso (TC/0336/14). Astreinte: naturaleza (TC/0438/17). Liquidación de astreinte: alcance y finalidad (TC/0055/15; TC/0279/18). Solicitud de liquidación de astreinte: la astreinte solicitada fue fijada por el Tribunal Constitucional (TC/0336/14). Tribunal Constitucional: sus decisiones constituyen precedentes vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado (arts. 184 Constitución; y 7.13 LOTCPC). Astreintes: deben ser ejecutadas (TC/0037/21). Sentencia TC/0093/22: fue debidamente notificada. Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA): se encontraba imposibilitada, por causas de fuerza mayor, de cumplir con los requerimientos impuestos en la Sentencia TC/0093/22. Astreinte: finalidad (TC/0132/21). Solicitud de liquidación de astreinte: admite y rechaza.