Esta es una web oficial del Gobierno de la República Dominicana.
Esta es una web oficial del Gobierno de la República Dominicana.
Los sitios web oficiales utilizan .gob.do, .gov.do o .mil.do
Un sitio .gob.do, .gov.do o .mil.do significa que pertenece a una organización oficial del Estado dominicano.
Los sitios web oficiales .gob.do, .gov.do o .mil.do seguros usan HTTPS
Un candado (🔒) o https:// significa que estás conectado a un sitio seguro dentro de .gob.do o .gov.do. Comparte información confidencial solo en los sitios seguros de .gob.do o gov.do.
Relativo a la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia incoada por la señora Dahurys Cesarina Tineo Reynoso respecto de la Sentencia núm. 001- 022-2021-SSEN-01230, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintiuno (2021).
Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 54.8 LOTCPC). Tribunal Constitucional: facultad de ordenar la suspensión a petición de parte debidamente motivada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: solo procede en caso de perjuicio irreparable (TC/0254/14). Demandante en suspensión: debe demostrar el daño irreparable (TC/0046/13). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: requiere motivación y prueba del daño inminente (TC/0110/24; TC/0069/14). Demandante en suspensión: no ha indicado en qué consiste el daño inminente que le ocasionaría la ejecución de la sentencia. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: admite y rechaza. Voto particular: Beard Marcos y Gil.