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Detalle sentencia TC/0680/25

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Publicación: Lunes 25 de Agosto , 2025 / 06:47 P. M.

Referencia: TC-01-2024-0027

Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la señora Fraila Méndez Marrero contra los artículos 59, párrafo III, y 60 del Reglamento Disciplinario del Ministerio Público, aprobado a través de la Resolución decimotercera, adoptada en la segunda sesión ordinaria del Consejo Superior del Ministerio Público del quince (15) de febrero de dos mil veintitrés (2023).

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.1 Constitución; 9 y 36 LOTCPC). Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido (arts. 185.1 Constitución; y 37 LOTCPC; TC/0345/19). Acción directa de inconstitucionalidad: se interpondrá contra las leyes, decretos, reglamentos, resoluciones y ordenanzas, independientemente de su alcance (TC/0502/21). Jurisdicción contencioso administrativo: competente para conocer las violaciones cometidas por una resolución o acto administrativo (art. 6.16, 17, y 18 Ley 107-13). Acción directa de inconstitucionalidad: algunos alegatos de la accionante tratan de una situación sujeta al control de legalidad administrativa (art. 6.16, 17, y 18 Ley 107-13). Acción directa de inconstitucionalidad: inadmite. Acción directa de inconstitucionalidad: actos contra los cuales procede (art. 185.1 Constitución; y 36 LOTCPC; TC/0502/21). Tutela judicial efectiva y debido proceso: fundamento constitucional (art. 68 y 69 Constitución; TC/1248/24; TC/0362/19). Ministerio público: su reglamento disciplinario prevé que sí una investigación con un proceso disciplinario se relaciona con la comisión de un delito de acción pública o cualquier connotación de índole penal, el proceso deberá continuar ante la jurisdicción correspondiente. Principio de igualdad: fundamento constitucional (TC/0022/12; TC/0089/15). Principio de igualdad: no se configura su vulneración. Proceso disciplinario: su objetivo es sancionar al funcionario que incurrió en una falta. Reglamento disciplinario del ministerio público: no se configura su vulneración (art. 59 párrafo III y 60 RDMP). Acción directa de inconstitucionalidad: declara conforme con la Constitución. Voto particular: Beard Marcos.

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25/08/2025
tc-0680-25-tc-01-2024-0027.pdf
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