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Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Rene Jean Pierre le Caplain y Valeria Hodatt contra la Sentencia núm. 1961 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de octubre de dos mil diecisiete (2017).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0123/18; TC/0007/12). Test de la debida motivación: criterio de aplicación y parámetros (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: las decisiones sobre descargo puro y simple no son susceptibles de recursos ni ordinarios ni extraordinario. Suprema Corte de Justicia: explicó que la figura del descargo puro y simple tiene sustento legal, esta no viola el principio de igualdad, ni el debido proceso, pues se le aplica a todos los demandantes que incurran en defecto por falta de concluir. Suprema Corte de Justicia: expone de manera clara y precisa las consideraciones que motivaron su decisión final. Test de la debida motivación: no vulneración. Derecho de defensa: circunstancias para que se verifique su vulneración (TC/0202/13). Proceso civil: se encuentra regido por el principio del impulso procesal. Falta de motivación, motivos ilógicos o irrazonables: no se configura. Debido proceso: no vulneración. Derecho de igualdad: no vulneración. Principio de impulso procesal: era obligación del abogado representante de las partes demandantes y hoy recurrentes en revisión, de dar seguimiento al proceso. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.