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Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Tomás Aquino Novas contra la Sentencia núm. 0030-03-2022-SSEN-00457, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el diecisiete (17) de octubre del dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96, 97, 98 y LOTCPC; TC/0080/12; TC/0061/13; TC/0071/13; TC/0109/24; TC/0406/14; TC/0007/12). Tribunal Constitucional: la vía del amparo era más efectiva para salvaguardar el derecho a la pensión (TC/0698/23). Cambio de criterio: recalificación de las acciones de amparo de cumplimiento en aquellos casos que el accionante no procura el reconocimiento de su derecho fundamental a una pensión. Acción de amparo: su objeto no reside en lograr el cumplimiento de una ley o de un acto administrativo (art. 104 LOTCPC). Acción de amparo de cumplimiento: no es la vía para dirimir acerca del aumento, adecuación o reajuste de la pensión de un servidor público (TC/0234/24). Otra vía judicial efectiva: jurisdicción contencioso-administrativa (art. 70.1 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Tribunal Constitucional: recalifica la acción de amparo de cumplimiento como una acción de amparo ordinario. Otra vía judicial efectiva: opera como causal de interrupción civil del plazo de prescripción (TC/0358/17). Acción de amparo: inadmite.