Bandera de Republica Dominicana

Esta es una web oficial del Gobierno de la República Dominicana.

cupula

Los sitios web oficiales utilizan .gob.do, .gov.do o .mil.do

Un sitio .gob.do, .gov.do o .mil.do significa que pertenece a una organización oficial del Estado dominicano.

lock

Los sitios web oficiales .gob.do, .gov.do o .mil.do seguros usan HTTPS

Un candado (🔒) o https:// significa que estás conectado a un sitio seguro dentro de .gob.do o .gov.do. Comparte información confidencial solo en los sitios seguros de .gob.do o gov.do.

Detalle sentencia TC/0499/25

Compartir:
Publicación: Viernes 18 de Julio , 2025 / 02:43 P. M.

Referencia: TC-07-2024-0238

Relativo a la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia incoada por el señor Martín Orlando Almonte Bonilla respecto de la Sentencia Penal núm. 443, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, el treinta y uno (31) de mayo del dos mil diecinueve (2019).

Sumario

Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 54.8 LOTCPC). Tribunal Constitucional: facultad de suspender a petición de parte debidamente motivada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: objeto (TC/0040/12). Demandante en suspensión: obligación de probar que sufrirá un daño irreparable (TC/0046/13). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: criterios de procedencia (TC/0454/14). Daño irreparable: no demostración. Apariencia de buen derecho: no se configura (TC/0179/21). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: admite y rechaza. Voto particular: Reyes Torres.

Mostrar PDF en otra pestaña
18/07/2025
tc-0499-25-tc-07-2024-0238.pdf
369.48 KB