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Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesta por los señores José Luis de León Mora e Yrene Fior D’Aliza Ferreiras Liriano contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22- 3668, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el dieciséis (16) de diciembre del dos mil veintidós (2022)
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: fue interpuesto dentro del plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0126/18). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad satisfecho (art. 277 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (arts. 53.3 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y supuestos jurisprudenciales de aplicación (TC/0007/12). Tribunal Constitucional: deber de determinar si se satisface el requisito de la especial trascendencia o relevancia constitucional (TC/0005/13). Especial trascendencia o relevancia constitucional: requisito de admisibilidad no satisfecho (TC/0397/24). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Revisión constitucional incidental: presentación en el escrito de defensa. Revisión constitucional incidental: fue interpuesto dentro del plazo legalmente previsto (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Suprema Corte de Justicia: al casar con envío no desapodera al poder judicial del caso (TC/0091/12). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: configuración, alcance y tipos (TC/0053/13; TC/0153/17). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada material: requisito de admisibilidad no satisfecho (TC/0529/18). Revisión constitucional incidental: inadmite. Voto particular: Reyes Torres y Beard Marcos.