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Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Reymundo Sánchez Mesa y Delmiro Sánchez Mesa contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22-0377, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de febrero del dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0213/21; TC/0067/24; TC/0007/12).Recurso de casación: plazo para su interposición (art. 5 Ley 3726). Recurso de casación: plazo franco y calendario (art. 1033 CPC). Recurso de casación: fue depositado fuera de plazo hábil para su admisibilidad. Suprema Corte de Justicia: tuteló de forma efectiva la aplicación correcta de la ley que rige la materia. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.