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Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la entidad La Majagua Development, Inc., contra la Resolución núm. 033- 2023-SRES-00815, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el veintinueve (29) de septiembre del dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia. (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0327/22). Validez de la notificación: debe ser a persona o domicilio (TC/0109/24; TC/0163/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: debe interponerse mediante escrito debidamente motivado (art. 54.1 LOTCPC). Recurrente: no indica ni precisa en qué consisten las alegadas violaciones. Escrito introductorio: no cumple con un mínimo de motivación (TC/0324/16). Escrito motivado: requisito no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.