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Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo de cumplimiento interpuesto por la señora Elizabeth Orfelina Saldaña Nieves contra la Sentencia núm. 0030-03-2023-SSEN-00341, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintiuno (21) de agosto del dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: satisfacción de los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96, 98 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13; TC/0109/24; TC/0147/14; TC/0406/14; TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: la accionante no persigue sino la invalidez o la anulación de la resolución que acogió su renuncia (TC/0644/23). Acción de amparo de cumplimiento: no permite impugnar la validez de un acto administrativo (TC/0280/23; TC/0514/22). Acción de amparo de cumplimiento: deviene en improcedente al tratarse su objeto en anular un acto administrativo (TC/0143/16). Juez de amparo: correcta aplicación de la norma (art. 108 literal d LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma.