Esta es una web oficial del Gobierno de la República Dominicana.
Esta es una web oficial del Gobierno de la República Dominicana.
Los sitios web oficiales utilizan .gob.do, .gov.do o .mil.do
Un sitio .gob.do, .gov.do o .mil.do significa que pertenece a una organización oficial del Estado dominicano.
Los sitios web oficiales .gob.do, .gov.do o .mil.do seguros usan HTTPS
Un candado (🔒) o https:// significa que estás conectado a un sitio seguro dentro de .gob.do o .gov.do. Comparte información confidencial solo en los sitios seguros de .gob.do o gov.do.
Relativo a la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia incoada por el Banco de Reservas de la República Dominicana respecto de la Sentencia núm. 1315, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el veintitrés (23) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: tiene efectos suspensivos a pedimento de parte interesada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: medida de naturaleza excepcional (TC/0255/13). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: solo se justifica en casos muy excepcionales, cuando su ejecución ocasione perjuicios irreparables al demandante (TC/0243/14). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: requiere la existencia de un daño irreparable (TC/0199/15). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: no se ha probado el daño irreparable (TC/0046/13; TC/0063/13; TC/0105/14). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: rechaza.