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Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Miguel Oscar Castro Gutiérrez, José Manuel Castro Gutiérrez y Perla Miguelina Castro Gutiérrez contra la Sentencia núm. 2684/2021, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de septiembre de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Derecho de defensa: alcance (TC/0034/13). Derecho de defensa: circunstancias para que se verifique su vulneración (TC/0202/13). Derecho de defensa: elemento cardinal de un debido proceso (art. 69.4 Constitución). Principio dispositivo: conforme a dicha prerrogativa, la iniciativa o impulsión del proceso, salvo que se trate de una cuestión de orden público, está a cargo del sujeto procesal que procura la obtención de una decisión judicial a su favor. Principio dispositivo: las partes tienen el control del asunto litigioso y la facultad de organizar los elementos del conflicto (TC/0284/15). Reapertura de los debates: cuestión reservada para los jueces del fondo del litigio (TC/0272/19). Recurso de apelación: su inadmisibilidad se origina en la ausencia del escrito introductorio. Derecho de defensa: no se configura su vulneración, pues las partes participaron en todas las etapas procesales (art. 69.4 Constitución). Derechos fundamentales: no vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.