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Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Narciso Altagracia Ramírez contra la Sentencia núm. 1290, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, el veintinueve (29) de agosto del dos mil dieciocho (2018).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos de los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Tutela judicial efectiva: comprende el derecho al acceso a la justicia, a no sufrir indefensión. Desnaturalización de los hechos: definición (TC/0820/23). Corte de casación: competencia respecto a la valoración de los hechos y las pruebas (TC/0655/24; TC/0307/20). Desnaturalización de los hechos: no se configura. Suprema Corte de Justicia: correcta aplicación de la norma. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Beard Marcos.